Escribo
estas líneas porque me preocupa seriamente el clima
que se está generando ante la insistencia de algunos
sectores en un tema de singular importancia para el país,
en que ya no solo se induce a malas interpretaciones, sino
que abiertamente se califica a las empresas mineras de nefastas.
Aunque
la minería ha sido históricamente un pilar
de la economía nacional, desgraciadamente, una inmensa
mayoría de los chilenos poco o nada sabe de ella,
pero, como es habitual, todos opinan como expertos.
Como resultado de ese coro de voces, esa inmensa mayoría
de los chilenos, no conocedores de la minería, incluidos
presidentes de partidos políticos, están llegando
al convencimiento de que la minería privada y la
inversión extranjera, no pagan impuestos, se roban
el cobre y depredan el territorio.
En
el último tiempo han surgido, nuevamente, tal como
en los años 60 y principios de los 70, voces críticas
a la minería privada y particularmente a la minería
en manos de privados extranjeros.
Esas mismas voces sonaron bulliciosa y ácidamente
en los 80 contra los Decretos de Inversión Extranjera
y la legislación minera.
Ahora
no es "yankee go home" como en los 60, pues resultaría
impresentable el grito de "Inversionistas de todo el
mundo go home". Entonces, la consigna es Arriba los
Impuestos. Y vaya que vende.
Al respecto, es indispensable aclarar que las empresas del
sector minero no solo están regidas por todas las
disposiciones que contempla la Constitución y la
Ley y muy especialmente en lo que dice relación con
la legislación ambiental y laboral, sino también,
que están gravadas con todos y cada uno de los tributos
contemplados en la legislación tributaria aplicables
a todas las empresas del país, sin diferencias ni
discriminaciones de ninguna especie. Igualmente, como a
todas las empresas del país, le son aplicables las
normas tributarias relacionadas con depreciaciones o amortizaciones.
En este contexto, cualquier empresa que opera en Chile puede,
además, optar por la aplicación de depreciación
normal o acelerada, tal como está estipulado en la
ley.
Es
así como, una inversión en el campo minero,
como en cualquier otro campo, puede ser depreciada en 20
años o en 7 años, a elección del contribuyente.
En tal escenario, una inversión de mil millones de
dólares, no inusual en la minería, podrá
depreciarse en "cuotas" anuales de US$ 50 millones
o de US$ 143 millones. Cualquiera de las dos está
contemplada en la legislación chilena y en la gran
mayoría, si no en todos, los países del mundo.
Debe, además, destacarse que para que una inversión
minera se materialice, transcurrirán más de
10 a 12 años entre los inicios de la exploración
geológica hasta que la mina, siempre que la exploración
sea exitosa, entre en producción.
Evidentemente, el inversionista querrá recuperar
su inversión y pagar los créditos contraídos,
por lo que optará por la modalidad de depreciación
acelerada que le permitirá disminuir la carga tributaria
en los primeros siete años de operaciones para, a
partir del 8° año, pagar sus impuestos, sin el
beneficio de la depreciación de la inversión
inicial, sobre la totalidad de las utilidades generadas.
Reitero,
esa es la legislación aplicable a todos, sin excepciones.
No
son despreciables, por otra parte, los otros tributos a
que están afectas las empresas mineras tanto antes
como después de entrar en producción: Derechos
aduaneros, impuestos a la renta de su personal, IVA y todo
otro impuesto contemplado en la ley.
Como simple ejercicio, baste considerar que en una inversión
como la indicada, aproximadamente un 40% está representado
por maquinaria y equipos de importación. Sean cuales
sean las tasas aduaneras vigentes, los pagos por derechos
aduaneros e IVA, por el solo hecho de ingresar tales elementos
al país, son sumamente atractivos para quien sea
el Ministro de Hacienda de turno. Ello antes de iniciar
producciones y lograr retornos económicos.
Por
otra parte, ¿alguien puede imaginarse el desarrollo
y crecimiento que ha experimentado el Norte chileno y, principalmente
su gente, de no ser por la actividad minera que se viene
desarrollando desde fines de los 70? ¿O es que en
Santiago se sigue creyendo que ello es maná que cae
gratuitamente del cielo?
Antofagasta, Copiapó e Iquique, ¿serían
remotamente la sombra de lo que hoy pueden exhibir como
ciudades pujantes y llenas de actividad si no fuera por
las minas que se han desarrollado en sus alrededores?
Quien vaya a La Serena o Coquimbo hoy en día, difícilmente
recordará que hasta 1977 la primera era prácticamente
una ciudad fantasma y el segundo, un puerto cuyas grúas
solo servían para que anidaran las gaviotas. Como
muestra, la hoy conocidísima y popular Avenida del
Mar no existía y, en el puerto, cuya actividad batió
record de embarques con productos mineros y frutas, no habían
ni siquiera botes de paseo.
¿De donde entonces su florecimiento? Me remito al
Informe de la Comisión Chilena del Cobre de 29 de
Septiembre de 1976 con relación a la solicitud de
inversión extranjera en El Indio: " El yacimiento
El Indio se encuentra ubicado en la IV Región, zona
poco desarrollada y de extrema pobreza, por lo que resulta
conveniente promover actividades mineras de cierta importancia
en ella."
"Los antecedentes que se disponen sobre el yacimiento
El Indio son muy escasos, por lo que, por ahora, no resulta
posible emitir un juicio técnico sobre la viabilidad
de su desarrollo futuro. Sin embargo, los trabajos de prospección
y desarrollo que proyectan los inversionistas, permitirán
precisamente aclarar la incógnita."
Y se despejó, precisamente, la incógnita.
Resultó un proyecto exitoso cuyos beneficios para
la Región, además de los impuestos que pagó
al Gobierno Central, están a la vista.
Desgraciadamente la mina El Indio se agotó y, hace
un año, sus operaciones terminaron.
¡Como la echan de menos en la Región!
Ahora
bien, si definitivamente se decide aplicar un royalty a
la minería, ¿por qué no aplicarlo también
a la producción de salmones que ha dado tan buenos
resultados? De producción cero, hace veinticinco
años, hoy exporta más de 1.500 millones de
dólares. Y después, ¿por que no aplicar
uno también a los vinos, a la fruta, a la celulosa,
a la producción maderera y toda otra actividad de
importancia para el país? ¿Sería muy
descabellado pensar que quienes propician hoy día
un royalty a la minería podrían entusiasmarse
y proponer algunos otros aplicables a los demás sectores
de la producción para financiar iniciativas del Estado?
Total, todos son privados.
¡Pero cuidado! No debe olvidarse que todos los sectores
de la economía de Chile han crecido y se han fortalecido
como nadie imaginó hace algunas décadas, principalmente,
porque el país se dio reglas claras y estables en
el tiempo y que los inversionistas de todo el mundo "creyeron"
en las reglas del juego establecidas.
No
es prudente arriesgar este patrimonio que tanto le ha costado
al país desarrollar pero que es tan fácil
de demoler.
Finalmente
una aclaración respecto a la contundente afirmación
hecha por un senador y reiterada en programas de televisión,
en cuanto a que la Cía. Minera El Indio nunca pagó
impuestos durante sus 22 años de vida.
¡Tal
afirmación es falsa!
Desde
los inicios de la exploración geológica a
fines de 1974 hasta Abril de 1988 ocupé un alto cargo
en dicha empresa y, personalmente, firmé los cheques
correspondientes a impuestos. Eran más que suculentos.
Como
detalle baste citar lo indicado por Juanita Gana, quien
hoy ocupa una Subsecretaría de Estado, en su libro
"Distintas Visiones Sobre Política Minera En
Chile", uno de los tantos misiles lanzados contra el
DL 600 y la Ley Minera, todavía, a fines de los 80.
Refiriéndose a las inversiones extranjeras en La
Disputada y en El Indio: "Mientras la primera había
arrojado pérdidas permanentes desde la fecha del
traspaso (Compra a Enami) -1978-, la segunda había
resultado un proyecto altamente exitoso, que a un año
del comienzo de su operación -1979- ya entregaba
utilidades netas de impuestos cercanas a los 32 millones
de dólares".
La tasa tributaria aplicada era de 49,5 %, por lo que los
principales detractores de El Indio reconocían que,
aun habiendo El Indio utilizado la depreciación acelerada,
pagaba en impuestos cerca de US$ 32 millones en su segundo
año de ventas.
Cabe
recordar que el Decreto de Inversión Extranjera (DL
600) de 1974 considera dos alternativas para el pago de
impuestos: Una tasa del 49,5 % de las utilidades, fijo e
inamovible, o la tasa tributaria común a todas las
actividades del país que en total asciende a 37,5
%.
En
1974 el grado de confianza de los inversionistas extranjeros
hacia Chile y particularmente de los inversionistas mineros
no era exactamente cautivante. Hacía tan solo tres
años que se había expropiado, sin compensación
alguna, la Gran Minería del cobre y el tema aun penaba.
De
involucrarse en Chile había que optar por las alternativas
que dieran las seguridades más sólidas esperables
a las inversiones y, efectivamente, una tasa tributaria
inamovible apuntaba en ese sentido, aunque fuera superior
a la normal.
Saint
Joe Minerals, que fue la empresa que desarrolló el
proyecto El Indio, optó por la fórmula de
pago de sus impuestos en base a la tasa de 49,5 % desde
el inicio de las ventas, lo que se mantuvo hasta 1987 en
que se optó por acogerse al régimen común.
Evidentemente la confianza de que en Chile sus Instituciones
funcionaban y de que el país cumplía sus compromisos,
era la tónica de esos años y todas las empresas
mineras tomaron ese camino.
Contrariamente
a lo pregonado a todos los vientos, los montos que ha percibido
el Estado de Chile por concepto de impuestos de las empresas
mineras privadas son cuantiosos y más de alguien
tendrá que retractarse cuando las empresas los den
a conocer, como lo han prometido.
Ojalá
los antecedentes expuestos puedan ser de utilidad. La minería
es demasiado importante para el país y merece ser
tomada en serio.